domingo, 26 de enero de 2020

Statistics for Business and Economics

Statistics is the discipline that concerns the collection, organization, analysis, interpretation and presentation of data. In applying statistics to a scientific, industrial, or social problem, it is conventional to begin with a statistical population or a statistical model to be studied. Populations can be diverse groups of people or objects such as "all people living in a country" or "every atom composing a crystal". Statistics deals with every aspect of data, including the planning of data collection in terms of the design of surveys and experiments. See glossary of probability and statistics.

When census data cannot be collected, statisticians collect data by developing specific experiment designs and survey samples. Representative sampling assures that inferences and conclusions can reasonably extend from the sample to the population as a whole. An experimental study involves taking measurements of the system under study, manipulating the system, and then taking additional measurements using the same procedure to determine if the manipulation has modified the values of the measurements. In contrast, an observational study does not involve experimental manipulation.

Two main statistical methods are used in data analysis: descriptive statistics, which summarize data from a sample using indexes such as the mean or standard deviation, and inferential statistics, which draw conclusions from data that are subject to random variation (e.g., observational errors, sampling variation). Descriptive statistics are most often concerned with two sets of properties of a distribution (sample or population): central tendency (or location) seeks to characterize the distribution's central or typical value, while dispersion (or variability) characterizes the extent to which members of the distribution depart from its center and each other. Inferences on mathematical statistics are made under the framework of probability theory, which deals with the analysis of random phenomena.

A standard statistical procedure involves the test of the relationship between two statistical data sets, or a data set and synthetic data drawn from an idealized model. A hypothesis is proposed for the statistical relationship between the two data sets, and this is compared as an alternative to an idealized null hypothesis of no relationship between two data sets. Rejecting or disproving the null hypothesis is done using statistical tests that quantify the sense in which the null can be proven false, given the data that are used in the test. Working from a null hypothesis, two basic forms of error are recognized: Type I errors (null hypothesis is falsely rejected giving a "false positive") and Type II errors (null hypothesis fails to be rejected and an actual relationship between populations is missed giving a "false negative"). Multiple problems have come to be associated with this framework: ranging from obtaining a sufficient sample size to specifying an adequate null hypothesis.[citation needed]

Measurement processes that generate statistical data are also subject to error. Many of these errors are classified as random (noise) or systematic (bias), but other types of errors (e.g., blunder, such as when an analyst reports incorrect units) can also occur. The presence of missing data or censoring may result in biased estimates and specific techniques have been developed to address these problems.

The earliest writings on probability and statistics, statistical methods drawing from probability theory, date back to Arab mathematicians and cryptographers, notably Al-Khalil (717–786) and Al-Kindi (801–873). In the 18th century, statistics also started to draw heavily from calculus. In more recent years statistics has relied more on statistical software to produce tests such as descriptive analysis

viernes, 8 de diciembre de 2017

La gente en Miami vive muy, pero muy endeudada, según este estudio

POR CATALINA RUIZ PARRA

El elevado costo de la vida en Miami ha hecho que millones de residentes hagan milagros para sobrevivir con su sueldo y ha obligado a muchos otros a mudarse a lugares más económicos en Florida o a estados más lejanos como único recurso de supervivencia.

La Ciudad del Sol, un importante centro turístico y de comercio internacional, se ha convertido en un dolor de cabeza para quienes residen aquí: comprar una casa propia, pagar una renta, los seguros de las propiedades, entre otros muchos gastos más, han llegado a límites tan insostenibles que muchos no dan a basto con las deudas.

Este panorama se ve reflejado en un reciente estudio del sitio web de finanzas personales WalletHub sobre las "Mejores y peores ciudades del 2017 para el control de gastos", en el que se analizó la situación financiera de sus habitantes y la capacidad que tienen para cumplir con sus gastos mensuales y de planear su futuro.

Miami sale muy, pero muy mal calificada en el informe: ocupa el puesto 176 de 182 ciudades de los Estados Unidos, en una clara muestra de que el bolsillo de sus residentes está resentido.

La posición en el listado se obtuvo tras analizar cinco aspectos financieros de los habitantes de cada ciudad: situación crediticia, gasto responsable, ahorro, exposición al riesgo y poder adquisitivo. En cada uno de ellos, la ciudad obtuvo pésimas calificaciones.

Así mismo, Miami fue la ciudad con la deuda más alta no relacionada con las hipotecasen el que obtuvo la peor calificación de las 182 ciudades. También es una de las ciudades con mayor porcentaje de población no asegurada y con el menor porcentaje de hogares con ahorros destinos para emergencias.

Las malas noticias para Miami no paran ahí: Hialeah ocupó el último puesto de la tabla y es considerada la peor ciudad para el control de gastos del 2017.

De otro lado, las ciudades con mejor calificación financiera de sus residentes fueron:

▪  1. Fremont, California.

▪  2. San Francisco, California.

▪  3. Madison, Wisconsin.

▪  4. Columbia, Maryland

▪  5. San José, California.

Siga a Catalina Ruiz Parra en Twitter: @catalinaruiz.


Fuente

miércoles, 21 de junio de 2017

Researchers working on converting ‘wasted heat’ into electricity in future electrical devices

Scientists are working on a novel technology that will allow future electronic devices to convert heat into electricity. Previously researchers from Ohio State University in the US pioneered the use of a quantum mechanical effect to convert heat into electricity. Now, they have figured out how to make their technique work in a form more suitable to industry.

They used magnetism on a composite of nickel and platinum to amplify the voltage output 10 times or more – not in a thin film, as they had done previously, but in a thicker piece of material that more closely resembles components for future electronic devices.

Many electrical and mechanical devices, such as car engines, produce heat as a byproduct of their normal operation. It is called "waste heat," and its existence is required by the fundamental laws of thermodynamics, researchers said.

However, a growing area of research called solid-state thermoelectrics aims to capture that waste heat inside specially designed materials to generate power and increase overall energy efficiency. "Over half of the energy we use is wasted and enters the atmosphere as heat," said Stephen Boona, a postdoctoral researcher at Ohio State.

"Solid-state thermoelectrics can help us recover some of that energy. These devices have no moving parts, don't wear out, are robust and require no maintenance. Unfortunately, to date, they are also too expensive and not quite efficient enough to warrant widespread use. We're working to change that," said Boona.

In 2012, the research group, led by Joseph Heremans, demonstrated that magnetic fields could boost a quantum mechanical effect called the spin Seebeck effect, and in turn boost the voltage output of thin films made from exotic nano-structured materials from a few microvolts to a few millivolts.

In the latest advance, they have increased the output for a composite of two very common metals, nickel with a sprinkling of platinum, from a few nanovolts to tens or hundreds of nanovolts – a smaller voltage, but in a much simpler device that requires no nanofabrication and can be readily scaled up for industry.

Heremans said that, to some extent, using the same technique in thicker pieces of material required that the team rethink the equations that govern thermodynamics and thermoelectricity, which were developed before scientists knew about quantum mechanics.

While quantum mechanics often concerns photons – waves and particles of light – Heremans' research concerns magnons -waves and particles of magnetism. "Basically, classical thermodynamics covers steam engines that use steam as a working fluid, or jet engines or car engines that use air as a working fluid.

"Thermoelectrics use electrons as the working fluid. And in this work, we're using quanta of magnetisation, or 'magnons,' as a working fluid," Heremans said.



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domingo, 4 de diciembre de 2016

Lo que se sabe del trágico accidente cerca de Medellín del avión que transportaba al equipo brasileño Chapecoense y que dejó 71 muertos



Las causas del accidente del lunes del avión de la aerolínea Lamia que dejó 71 muertos aún sigue bajo investigación, pero la Aeronáutica Civil de Colombia ya confirmó un dato clave: la aeronave no tenía combustible en el momento del impacto.

Así lo informó el coronel Freddy Bonilla, secretario de seguridad de la Aeronáutica Civil de Colombia luego de que se inspeccionaran los restos del avión.

De momento la autoridad aeronáutica de Bolivia suspendió el certificado y permiso de operación a Lamia, empresa registrada en ese país. Lo hizo el miércoles.

Asimismo, el gobierno boliviano apartó del cargo a los directores de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) y de la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA), para iniciar una "investigación interna" que verifique "no solo las aerolíneas sino todo el sistema de tránsito aéreo", dijo este jueves el ministro de obras públicas de ese país, Milton Claros.

La aeronave de la aerolínea operada en Bolivia trasladaba al equipo de fútbol brasileño Chapecoense, que esperaba disputar la primera vuelta de la final de la Copa América en Medellín ante el Atlético Nacional.

El avión se estrelló el lunes en la noche en una zona montañosa de difícil acceso en el Cerro Gordo, en el departamento de Antioquia, cuando estaba próximo a aterrizar en el aeropuerto José María Córdova de Medellín.

También se informó que algunos campesinos escucharon "gritos y llamados de socorro" de los sobrevivientes del vuelo y que fueron ellos quienes se comunicaron con los equipos de rescate.

Siete personas fueron rescatadas con vida, sin embargo una de ellas, el portero Danilo Padilha, murió cuando era trasladado al hospital.

La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres reportó que 71 cuerpos fueron recuperados.

El director del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Carlos Eduardo Valdés, dijo a la prensa que de los 59 cuerpos identificados, 52 son de nacionalidad brasileña, cinco bolivianos, un paraguayo y un venezolano.

Entre los 77 pasajeros, además de los futbolistas del club Chapecoense,estaban a bordopersonal técnico del equipo, periodistas y 9 tripulantes bolivianos.

En la lista de pasajeros aparecían 81 personas, pero cuatro de ellas no abordaron la aeronave, señaló la agencia aeronáutica colombiana.

Se confirmó el hallazgo de dos cajas negras en la zona, que servirán para esclarecer lo sucedido momentos antes del accidente, indicó el ministro de transporte colombiano, Jorge Eduardo Rojas.


Las mismas se encuentran bajo custodia, a la espera de ser analizadas por expertos de Colombia, Brasil, Bolivia, Estados Unidos y Reino Unido.

El procesamiento del material tomará unos 20 días, le dijo a BBC Mundo el coronel Bonilla.

Grabación

Una grabación entre el piloto y la torre de control del aeropuerto José María Córdova, divulgada el miércoles en medios colombianos, reveló que el avión se declaró en emergencia por falta de combustible y una falla eléctrica.

En la grabación, de extractos del diálogo, se escucha al piloto Miguel Quiroga decir a la torre: "señorita Lamia 933 está en falla total, falla eléctrica total, sin combustible".

El piloto también informa que estaba a una altura de 9.000 pies, una altura insuficientes para pasar el Cerro Gordo según informes en la prensa colombiana.

"Vectores, vectores", es lo último que se escucha decir al piloto. Vectores son orientaciones para aproximarse al aeropuerto, pero en ese momento la torre le dice al piloto que lo perdió en el radar.


Al inicio de la grabación se escucha como la controladora de turno estaba dando prioridad a otra nave de la aerolínea Viva Colombia que tenía un problema por "una fuga".

Juan Sebastián Upegüi, miembro de la tripulación de un avión de la aerolínea Avianca que estaba próximo a aterrizar en el momento del siniestro, relató que el piloto de la aeronave que se estrelló alcanzó a declararse en emergencia por falta de combustible.

"Le dijo a la controladora: 'solicitamos prioridad para proceder a la pista, solicitamos prioridad para pasar a localizador, tenemos problemas de combustible'", señaló en una conversación por Whatsapp que se hizo viral y cuya autenticidad fue confirmada por Avianca, según la agencia Reuters.

La Agencia de Aviación Civil de Brasil (ANAC) le había negado a Lamia la autorización del vuelo chárter que el club había contratado inicialmente para su traslado a Colombia.

Por este motivo los pasajeros tuvieron que tomar un vuelo comercial hasta Santa Cruz de la Sierra, en Bolivia, para así abordar la aeronave de Lamia que los llevaría a Medellín.

Esta despegó con un retraso de dos horas con respecto a lo deseado originalmente.

Era el único avión operativo de la línea aérea y tenía al mando una tripulación boliviana.

Lamia, Línea Aérea Mérida Internacional de Aviación, se fundó inicialmente en Venezuela, pero fue reubicada a Bolivia.

Heridos en hospitales

En total siete heridos fueron trasladados a clínicas y hospitales locales, según informes. Uno de ellos, Danilo Padilha, murió cuando era llevado al hospital, confirmó Aeronáutica Civil de Colombia.

Radio Caracol confirmó que el primero de los heridos en ser trasladado, el lateral izquierdo Alan Luciano Ruschel, de 27 años, se encuentra en la Clínica San Juan de Dios en el municipio de La Ceja, el más cercano al sitio del accidente.


Medios de comunicación locales informaron que Ruschel llegó conmocionado en una ambulancia a la clínica, pese a lo cual preguntaba insistentemente por su familia y pedía que le guardaran su anillo de matrimonio.

Según el último parte médico, Ruschel fue operado y "aunque su cuidado es crítico, está estable".

Otros jugador del club, Jackson Follmann, de 24 años, fue ingresado a otro hospital local.

El Hospital San Vicente Fundación, sede Rionegro, informó que Follmann continúa "bajo estricta observación médica" en la Unidad de Cuidados Intensivos, luego de que se le amputara la pierna derecha debido a la gravedad de sus lesiones.

Y se conoce que también fue rescatado el jugador Helio Hermito Zampier.

Un periodista, Rafael Hanzel, también fue trasladado a un centro médico y una de las integrantes de la tripulación boliviana, la auxiliar de vuelo Ximena Suárez, se encuentra en otro hospital junto a Erwin Tumiri.


Lo que se sabe del trágico accidente cerca de Medellín del avión que transportaba al equipo brasileño Chapecoense y que dejó 71 muertos

martes, 22 de noviembre de 2016

Caso Isaías: ¿quién paga los platos rotos?

Dos años y medio antes del dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU en el caso Isaías, su defensa advirtió que usaría el Mandato 13, de la Asamblea Constituyente, como prueba de que a los exbanqueros se les violó sus derechos a un debido proceso. La resolución no obliga a devolver los bienes.

Redacción Plan V

Por lo menos 17 miembros del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas emitieron una resolución por el caso individual presentado por los hermanos William y Roberto Isaías en contra del Estado Ecuatoriano. Uno de los miembros dio un voto salvado.  El Comité resolvió aceptar los argumentos de los autores de que el Estado ecuatoriano les dejó en la indefensión al emitir el Mandato 13 a través de la Asamblea Nacional Constituyente.

Varias resoluciones dieron razón a la defensa de los hermanos Isaías, y otras no (el subrayado en negritas es de Plan V):

7.4 En el presente caso el Comité considera que la emisión del Mandato Constituyente n° 13, que prohibió de manera expresa la interposición de acción de amparo constitucional u otra de carácter especial contra las resoluciones de la AGD e incluyó la instrucción de destituir, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiera lugar, a los jueces que avocaren conocimiento de ese tipo de acciones, violó el derecho de los autores bajo el artículo 14 (1) del Pacto, a un proceso con las debidas garantías en la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil.

7.9 El Comité toma nota de las declaraciones del Presidente de la República pidiendo la destitución de los conjueces; que el 26 de enero de 2010, la Asamblea Nacional emitió una resolución rechazando al fallo de los conjueces y pidiendo la investigación de su actuación; y que los conjueces fueron destituidos y enjuiciados por la Corte Nacional por prevaricato, aunque finalmente la causa fue sobreseída.

7.10 El Comité observa que los hechos que condujeron al procesamiento de los autores tuvieron una gran repercusión en la situación económica y financiera del país cuyas consecuencias se prolongaron en el tiempo. El Comité toma nota de que en este marco las más altas autoridades del país se expresaron públicamente e hicieron declaraciones exhortando a que los responsables de esos hechos, personas que habían estado al frente de las instituciones bancarias más representativas del país, fueran objeto de sanciones penales. Sin embargo, esto no implica que la manera como se llevó a cabo el proceso penal contra los autores y el resultado final de la investigación hayan obedecido o hayan sido la consecuencia de esas manifestaciones públicas de representantes de los poderes ejecutivo y legislativo, o que dichas manifestaciones hayan constituido una violación de alguna norma del Pacto.

El canciller, Guillaume Long, calificó de favorable para el Estado el fallo del Comité.

7.11 A la luz de lo anterior el Comité estima que los hechos expuestos no le permiten concluir a la existencia de una violación del artículo 14(1) y (2) del Pacto.

8. El Comité de Derechos Humanos, actuando en virtud del artículo 5(4) del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, dictamina que el Estado parte violó el derecho de los autores bajo el artículo 14(1) del Pacto a un proceso con las debidas garantías en la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil.

9. De conformidad con el artículo 2, párrafo 3 a), del Pacto, el Estado parte tiene la obligación de proporcionar a los autores un recurso efectivo. En cumplimiento de esta obligación el Estado debe dar plena reparación a las personas cuyos derechos reconocidos en el Pacto hayan sido violados. En consecuencia, el Estado parte debe asegurar que los procesos civiles pertinentes cumplan con las garantías en conformidad con el artículo 14(1) del Pacto y el presente dictamen.

El Artículo 14, partes 1 y 2, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del cual el Ecuador es parte, y mencionadas por el Comité de la ONU, es el siguiente: 

1. Todas las personas son iguales ante los tribunales y cortes de justicia. Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley, en la substanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada contra ella o para la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil. La prensa y el público podrán ser excluidos de la totalidad o parte de los juicios por consideraciones de moral, orden público o seguridad nacional en una sociedad democrática, o cuando lo exija el interés de la vida privada de las partes o, en la medida estrictamente necesaria en opinión del tribunal, cuando por circunstancias especiales del asunto la publicidad pudiera perjudicar a los intereses de la justicia; pero toda sentencia en materia penal o contenciosa será pública, excepto en los casos en que el interés de menores de edad exija lo contrario, o en las acusaciones referentes a pleitos matrimoniales o a la tutela de menores.

2. Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley.

Aunque la reacción inicial del gobierno ecuatoriano, empezando por el Presidente de la República, fue la de no reconocer la obligatoriedad de cumplir la resolución tomada por el Comité, advirtiendo que no era vinculante, la ministra de Justicia, Lady Zúñiga, morigeró luego la posición y dijo oficalmente que "reconocemos al Comité y respetamos su resolución, en este sentido responderemos al organismo, en un plazo de 180 días, y a través de la Procuraduría, informaremos de las medidas que como Estado se han tomado para atender sus recomendaciones". El texto de la resolución es claro sobre la responsabilidad del Estado ecuatoriano en cuanto a la obligación de aceptar el fallo.

10. Por haber llegado a ser parte en el Protocolo Facultativo, el Estado parte ha reconocido la competencia del Comité para determinar si ha habido o no violación del Pacto. Con arreglo al artículo 2 del Pacto, el Estado parte se ha comprometido a garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio o estén sujetos a su jurisdicción los derechos reconocidos en el Pacto y a proporcionar un recurso efectivo y jurídicamente exigible cuando se compruebe una violación. Por consiguiente, el Comité pide al Estado parte que, en un plazo de 180 días, presente información sobre las medidas que haya adoptado para aplicar el presente dictamen. Se pide asimismo al Estado parte que publique el dictamen del Comité y que le dé amplia difusión en el Estado parte.

El Comité, según el punto 7 de la resolución, sí debatió la injerencia del Presidente en la justicia ecuatoriana en este caso, al conocer la queja de los hermanos Isaías de que las declaraciones públicas del primer mandatario en actos oficiales influyó en el juicio. El Comité dijo que eso no probaba un estado de indefensión de los hermanos Isaías. Pero el voto salvado del PhD israelita Yuval Shany se refiere expresamente a este hecho: 

2. Sin embargo, no estoy tan convencido del modo en que el Comité ha considerado la declaración del Presidente del Ecuador pidiendo que se destituyera e investigara a los conjueces, ni del modo en que ha considerado las afirmaciones de los autores en cuanto a la aplicación retroactiva de la Ley núm. 99-26, de 13 de mayo de 1999. En cuanto a la declaración del Presidente, no estoy de acuerdo con la posición del Comité de que la cuestión clave es determinar si se ha demostrado o no que el "modo en que se desarrollaron las actuaciones penales contra los autores o el resultado final de la investigación se vieron influidos por las manifestaciones públicas de representantes del ejecutivo y el legislativo o fueron el resultado de esas manifestaciones" (párr. 7.10). El hecho de que un alto miembro del poder ejecutivo pida que se investigue a jueces y se los destituya a causa del fallo provisional que emitieron durante complejas actuaciones penales constituye un acto grave y directo de interferencia en la independencia con que se llevan a cabo tales actuaciones. Cabe recordar al respecto que el derecho a ser juzgado ante un tribunal independiente es un derecho absoluto, en el sentido no solo de que no está sujeto a excepciones, sino también de que el derecho no está supeditado al eventual resultado de actuaciones irregulares. Dicho con otras palabras, el derecho a ser juzgado ante un tribunal independiente puede vulnerarse incluso si no se demuestra que el resultado de la causa se vio afectado por la falta de independencia. Por consiguiente, opino que la declaración del Presidente vulneró el derecho de los autores a ser juzgados ante un tribunal que es realmente independiente y que razonablemente parece ser independiente.

El Comité de Derechos Humanos no habla en su resolución de que los autores, los hermanos Isaías, tengan derecho a la devolución de los bienes incautados por el gobierno nacional, ni a una disculpa pública del Estado ecuatoriano. Esa es una postura de su abogado, Jorge Zavala Egas.

Un poco de historia

La historia  de este largo caso comenzó el 2 de diciembre de 1998. Ese día Filanbanco pasó a manos del Estado ecuatoriano. La entidad financiera tuvo serios problemas de liquidez, según se dijo oficialmente, por lo cual entró a un Programa de Reestructuración de la Superintendencia de Bancos.


Los edificios del Filanbanco pasaron al Estado cuando quebró el banco guayaquileño. 

Y aunque dentro del primer año de administración estatal tuvo más de cien millones de utilidades, el gobierno prefirió no reprivatizarlo. Finalmente, luego de algunas malas decisiones gubernamentales, Filanbanco cerró sus operaciones, el 18 de julio del 2001, es decir, durante la administración del presidente Gustavo Noboa. Así que éste puede ser el primer punto de inflexión sobre el polémico caso: ¿finalmente quién quebró al que fuera el banco más grande del país?

El Gobierno de Rafael Correa dispuso la incautación de por lo menos 900 empresas del Grupo Isaías en el país, incluyendo los canales GamaTV y TC Televisión.

En medio de estos 15 años se produjo un hecho controversial: la incautación de más de 900 empresas y bienes del grupo Isaías. Para el gobierno de Rafael Correa, esta jugada significó tomar posesión de activos avaluados en más de 768 millones de dólares –valoración hecha por el propio Estado–, cifra en la cual no se consideran otros negocios e inmuebles de los cuales se desconoce la cuantía que asignó la revolución ciudadana. La justificación para la mega incautación fue solventar la deuda de 661,5 millones de dólares que -según informe de la auditora Deloitte & Touche, de mayo del 2001- había dejado Filanbanco durante su etapa privada.

Esta operación se realizó la noche del 8 de julio del 2008, bajo la dirección de Carlos Bravo, entonces gerente de la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD). Una nota de la agencia internacional de noticias EFE, publicada diez días después, explica el contexto que existía en el país: "La popularidad del presidente Rafael Correa aumentó de 48% a 54% y el apoyo al referendo constitucional de 29% a 32% tras la orden del Gobierno de incautar unos 200 bienes de ex banqueros prófugos en los EEUU, indicó la encuestadora Cedatos-Gallup…". El mismo reporte de prensa reveló que si bien el 63% de la población aprobó estos hechos, no menos del 59% consideró que la medida tenía la intención de subir la popularidad de Correa e impulsar el 'SÍ' en el referendo para aprobar la Constitución de Montecristi.

Para el abogado Jorge Zavala, la decision de la ONU implica que los bienes incautados deben ser devueltos. 

De acuerdo a la defensa del grupo Isaías, la incautación se llevó a cabo sin tener sentencia en firme en el caso penal. Jorge Zavala Egas, abogado guayaquileño, dio su punto de vista tres años antes de la resolución de la ONU, en la cual advertía ya que los  Isaías usarían la incautación y el Mandato 13 como argumento en cortes internacionales: "Para ordenar una incautación -le dijo en diciembre del 2013 al periodista Pablo Jaramillo, de Plan V- el artículo 29 de la Ley de Reordenamiento en Materia Económica en el Área Tributaria Financiera (Ley AGD) exigía que en contra de los administradores y/o accionistas cuyos bienes se iba a incautar, debía existir sentencia ejecutoriada por alguno de estos delitos: declaración de patrimonios técnicos irreales, alteración de balances o usura. Pero según entiendo, al momento de las incautaciones de julio del 2008, los acusados no tenían ninguna condena por ninguno de estos delitos, por lo que los requisitos que exigía esta Ley nunca se dieron. Además, según reportó la prensa, la sentencia del 2012 fue de primera instancia, es decir, aún no estaba en firme como exigía la Ley de la AGD".

Al día siguiente de realizarse las incautaciones, es decir el 9 de julio del 2008, la Asamblea Constituyente de Montecristi expidió el Mandato 13, cuyo objetivo era resguardar dicha acción gubernamental. Este instrumento legal consta de cuatro artículos y una disposición final. En su parte medular, establece que la resolución que sirvió para incautar los bienes del grupo Isaías "no es susceptible de acción de amparo constitucional u otra de carácter especial, y si de hecho se hubiere interpuesto, será inmediatamente archivada, sin que se pueda suspender o impedir el cumplimiento". Este mismo Mandato Constituyente dispone que los jueces o magistrados que avocaren conocimiento de cualquier acción constitucional dirigida a invalidar las incautaciones, pudieran ser destituidos e incluso ser objeto de acciones penales. Nuevamente, Zavala Egas advirtió: "A mi entender, la ausencia de los requisitos legales hizo que el Gobierno dicte, de forma apresurada, el Mandato Constituyente 13, que no sólo blindó las incautaciones, sino que también prohibió a los perjudicados reclamar el hecho frente a la justicia. Esto atenta contra garantías constitucionales consagradas en la propia Carta Política que se estaba redactando en Montecristi, como el derecho a la defensa, la presunción de inocencia y el acceso a la justicia".

Para el experto legal, al unir las incautaciones de julio del 2008 con el Mandato 13, podían abrirse automáticamente las puertas hacia las cortes internacionales. Lo cual ocurrió. "Prohibirle a un ciudadano ecuatoriano el acceso a la justicia es gravísimo jurídicamente. Existen numerosos pronunciamientos de Cortes de Derechos Humanos Internacionales donde se ha condenado a distintos estados por violaciones similares. Las Cortes internacionales, si llegan a conocer el caso, podrían condenar al Ecuador por estas violaciones. Por ende, sería el Estado, y al final los ciudadanos, quienes terminaríamos pagando esa factura, aunque por repetición debieran pagar los funcionarios que han hecho el daño (…) Me temo que, jurídicamente, el Mandato Constituyente 13 es un craso error del gobierno y, al final, le pudiera costar muy caro si el caso es presentado en cortes internacionales". Dos años y medio después de estas declaraciones, el Comité de Derechos Humanos le dio la razón. La pregunta es: si ya se conocía la estrategia de la defensa de los hermanos Isaías, ¿cómo fue la defensa del Estado ecuatoriano? La respuesta está en el dictamen del Comité.

Otros puntos polémicos

Existen centenares de documentos que cuestionan diferentes etapas del proceso. Por ejemplo, el tipo de delito que se imputó a los exaccionistas del Filanbanco aún es sujeto de debate. Fueron acusados de peculado bancario, por actos cometidos antes del 2 de diciembre de 1998, sin embargo, este delito recién fue tipificado el 13 de mayo de 1999. En otras palabras, se los sentenció por un tipo de infracción que no existía en el momento en que se cometieron los hechos.

De igual manera, la fusión del Filanbanco con La Previsora, ocurrida en el 2001, todavía genera polémica. Este acto administrativo fue la antesala de la quiebra definitiva del banco del grupo Isaías. Por este hecho fue enjuiciado política y penalmente Juan Falconí Puig, en ese entonces Superintendente de Bancos. Y a pesar de que la defensa de los exaccionistas del Filanbanco asegura que dicha fusión provocó el cierre de la entidad, Falconí nunca recibió castigo, al ser amnistiado por la Asamblea Constituyente de Montecristi. Hasta hoy existen millonarias deudas impagas producidas por La Previsora y sus filiales internacionales, que están a nombre de Filanbanco. Fue en el gobierno de Gustavo Noboa cuando se ordenó fusionar esta entidad con el banco del grupo Isaías.

La defensa del grupo Isaías cree que más pesó el interés político de mantener ciertas empresas, principalmente el emporio de medios de comunicación.

En lo relacionado al monto incautado por el gobierno, fueron más de 768 millones de dólares en activos, para cubrir una deuda de 661,5 millones. Entonces, ¿por qué no se ha saldado el tema? A principios del 2009, se conoció que el grupo Isaías tuvo conversaciones con el gobierno de Rafael Correa. Fuentes allegadas a los empresarios aseguran que las reuniones fueron hasta con el Primer Mandatario. Como muestra de ello, existen declaraciones en las cuales éste menciona la posibilidad de que su gobierno entregue un "vuelto" en caso de que las incautaciones hubieran superado el monto de la deuda. Nunca hubo arreglo. La defensa del grupo Isaías cree que más pesó el interés político de mantener ciertas empresas, principalmente el emporio de medios de comunicación, que incluye canales de televisión, varias radios y hasta una editorial de revistas. Cifras oficiales difundidas a finales del año pasado, dieron cuenta de un replanteamiento de la deuda del grupo Isaías con el Estado, que finalmente quedó en 1088,6 millones de dólares. A criterio de la defensa de los exaccionistas de Filanbanco, con este incremento, el objetivo del gobierno es hacer la deuda impagable y asegurarse el dominio de las empresas y bienes ya incautados, al menos por los próximos años.

Finalmente, para remontarse a épocas más actuales, se puede citar el proceso llevado a cabo en la Corte del estado de la Florida, Estados Unidos. Este caso se inició en el 2009, de la mano de Carlos Bravo, entonces gerente de la AGD. El objetivo de esta acción era incautar los bienes de los hermanos Isaías en Miami. Sin embargo, no sólo que el Estado ecuatoriano no pudo obtener ni un solo bien, sino que el hecho pudiera servir para futuras acciones judiciales en cortes internacionales.

Por correo electrónico, Pablo Jaramillo, de Plan V envió este cuestionario al estudio jurídico que defiende al grupo empresarial en ese país. Estas fueron las respuestas:

¿Algunas acciones tomadas por el gobierno de Rafael Correa, como la emisión del Mandato 13, pudieran servir en el futuro para la defensa de sus clientes?

Sin ser abogado en Ecuador, es notorio el abuso que se comete, no solamente en las Cortes sino también en el Congreso denominado Asamblea Nacional y hasta en la Asamblea Constituyente. Las Cortes de Florida ya se han pronunciado rechazando los torcidos caminos que se utilizan para lograr resultados. Es un instrumento perjudicial para el Ecuador, porque queda desnuda la forma en que puede llegar a actuar su justicia.

¿Usted cree que la forma en que se incautaron las propiedades de sus clientes pudiera ser usada en la defensa de sus clientes en un eventual proceso en cortes internacionales?

Más bien parecería que han hecho lo que se denomina confiscación.  Y, por supuesto, tarde o temprano cada quien tendrá que pagar las consecuencias de su abusivo comportamiento: primero el Estado ecuatoriano y luego, por repetición, los funcionarios que han ejercido tales conductas.


Caso Isaías


miércoles, 16 de noviembre de 2016

La industria de la moda se puede crear a través de la unión de sus actores


Ana Cristina Alvarado

Runway es un evento de moda que se realizará en el Museo Interactivo de la Ciencia (Chimbacalle), el 17 y 18 de abril. Si bien conferencias y pasarelas serán el centro de atención del programa, la intención del mismo a largo plazo llama la atención.

Desde hace un año, Marisol Romero, Coordinadora de la carrera de Diseño de Modas de la Universidad San Francisco de Quito; María Elena Ricaurte, Relacionadora Pública; y Cristina Maag, Bloggera de moda, trabajan juntas bajo el proyecto Modalab.

Esta iniciativa busca generar un cambio en la industria nacional, creando una cultura de moda, a través de distintos eventos.
Modalab se estrenó en el 2014 con seminarios y talleres de moda que tuvieron como invitados a Ana Torrejón, directora editorial de la revista de moda Harper's Bazaar de Argentina, y a Federico Laboreau, estilista de moda, entre otros.

En esta edición, se está haciendo énfasis en la necesidad de crear una comunidad. Darle forma a la industria de la moda ecuatoriana consiste en unir a los actores de esta; profesores, estudiantes, textileros, diseñadores, fotógrafos, periodistas, modelos…

Romero explicó, en una conferencia de prensa de presentación del evento, que "la moda en general funciona en un gran movimiento, queremos que eso pase poco a poco". Maag se atrevió a decir que la meta a cinco años es posicionar al Ecuador como un eje en el circuito latinoamericano.

También se señaló que en el Plan Nacional del Buen Vivir se contempla el desarrollo de la industria textil. Así que la idea existe, pero las instituciones gubernamentales y privadas todavía no ven a la moda como una industria con potencial.

Otro de los puntos que se debatió fue sobre la dificultad que los diseñadores ecuatorianos tienen para vender su producto. Este es uno de las mayores barreras para los creativos locales, por lo que el Runway ha preparado conferencias enfocadas en la capacitación y desarrollo de negocios.

Runway by Modalab

La división académica del programa contará con conferencias dictadas por profesionales del exterior. En el área de producción de moda estarán a cargo Federico Laboureau y Maximilia Pizzi, directores creativos de Project Runway LA.

La conferencia de Diseño y Creatividad será dictada por Jorge Duque, diseñador colombiano y ganador de Project Runway Latinoamérica. Shantall Lacayo, diseñadora nicaragüense, dirigirá la charla sobre Diseño y Negocios. La modelo internacional Mariana Coldebella hablará sobre la
profesionalización del modelaje y el estilista de maquillaje y peinado Andrés Burgos dará una conferencia sobre su especialización.

Durante los dos días del evento habrá pasarelas de diseñadores ecuatorianos como Gustavo Moscoso y Lia Larrea. Además, se presentará un desfile diseños de modistos emergentes, que fueron elegidos a través de un concurso.

Finalmente, el evento contará con la presencia de representantes de la agencia Next Model Mangement de Nueva York, con el fin de hacer un 'scouting' de modelos ecuatorianas para firmar con esta agencia.

Las entradas están a la venta en Ecutickets y los precios de las mismas por día son de USD 25 más IVA para tener acceso a los desfiles y USD 40 más IVA para tener acceso a los desfiles y a las conferencias. Para mayor información, puede visitar el sitio web del proyecto

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